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Licencias ITeC. General

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General

Pregunta: Qué es una licencia de software


Respuesta:

Comprar un programa informático es muy diferente de comprar cualquier otro producto.

Al comprar un piso, por ejemplo, se compra la propiedad sobre éste. Al comprar un programa informático se compra una licencia de uso.

Una manera de entender la diferencia es consultar la definición de estos términos:

Propiedad: Derecho o facultad de poseer alguien algo y poder disponer de ello dentro de los límites legales.

Licencia: Permiso para hacer algo.

Así pues, al comprar un programa informático no se consigue su propiedad, ésta la tiene su creador o quien lo comercializa. Se consigue la licencia para utilizarlo con los límites de las cláusulas indicadas en el Contrato de uso de la licencia que se firma entre el cliente y quien suministra el programa.

Se debe distinguir entre el programa y el soporte físico de éste. El programa no es propiedad de quien lo compra, pero el vehículo mediante el cual se suministra sí. Es decir, el CD-Rom, el manual de uso, etc. sí que se dan en propiedad al comprador. Un posible ejemplo aclarador es un libro. Al comprarlo se consigue en propiedad el soporte físico de éste: las hojas de papel impresas. Pero el libro en sí mismo, el texto que lo compone, es propiedad de su autor. Al comprar el libro se tiene la licencia de leerlo y ninguna más. No se podría, por ejemplo, modificar el texto y reeditarlo.

Es importante resaltar que las cláusulas del contrato de uso las decide de manera unilateral el suministrador del programa, y quien lo compra las asume y admite en el momento de firmar y aceptar el contrato de uso.

Una de las cláusulas más comunes en los contratos de uso de los programas informáticos es la limitación de la cantidad de ordenadores donde se puede instalar y ejecutar simultáneamente el programa.

En el caso de los programas informáticos del ITeC existe un sistema de protección encargado de asegurar que esto se cumpla. Por ejemplo, si se compra una licencia de uso que permite utilizar simultáneamente el programa en dos ordenadores, entonces el sistema de protección estará configurado de manera tal que sólo permitirá esta opción; controlará la cantidad de veces que el programa se ha abierto y negará el uso del programa en caso de que se intente abrir una tercera vez.

A pesar del claro inconveniente que supone el sistema de protección, éste es completamente necesario para asegurar que el programa se utiliza en los términos indicados en la licencia de uso.

En conclusión, el usuario de un programa informático debe considerar que éste no es suyo, que sólo ha comprado el derecho de utilizarlo y que este derecho está regulado por un documento, el contrato de uso de la licencia. Es importante leer con atención este documento (a pesar de que no acostumbre a ser una lectura entretenida) y tenerlo presente, ya que muchas de las dudas sobre qué se puede hacer o no con el programa, o por qué algunas cosas son como son, tienen respuesta en éste.

Fecha de la consulta: 01/07/2004

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